DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Abogada: Luisa Scrocchi Tovar actuando como Defensora Privada del procesado: Oscar Alfonso Ramírez La Torre contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal de fecha 08 de Diciembre de 2006, dictado en la causa Principal N° TP01-P-2006-003018 seguida al ciudadano: Oscar Alfonso Ramírez La Torre por la comisión del delito de Uso de Acto Falso de Carácter Público, Falsedad de Pasaporte, Licencias, Certificados y Otros Actos Semejantes en perjuicio de la Fé Pública y donde se declaró sin lugar la solicitud de Nulidad Absoluta peticionada por la Defensa.
Todo de conformidad con los artículos 437 literal c, 196 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal......