A tal efecto el Juzgador observa que la exposición formulada por el solicitante, los instrumentos presentados y demás justificaciones que acompañó, son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditarles el derecho suficiente que asiste a la ciudadana MERY JOSEFINA TIRADO DE SUYO y a los ciudadanos ANA ISABEL CÁCERES DE TIRADO, RUBEN DARIO, RUTH ISABEL, LUIS ALBERTO, MARLENE TERESA, LUZ MARINA Y LIBIA MARGARITA TIRADO CACERES como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto DARIO TIRADO. Así lo decide