DISPOSITIVA:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Acuerda: Primero: Acuerda Con Lugar la prorroga solicitada por el Ministerio Público. Segundo: La prorroga solicitada es de dos (02) años a partir del 20-05-08 fecha en que cumple los dos años de estar privado de libertad. Tercero: Se mantiene la Medida de Privación de Libertad.
Notifíquesele a las partes de la resolución
Trujillo, Estado Trujillo a los veintinueve (29) días del mes de enero de dos mil ocho (2008).
Juez de Juicio N° 02 La Secretaria
Abog Adriana Araujo Araujo