Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado Emilio Barroeta, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos GIL ENCARNACIÓN, DIGNO TORRES, ISMAEL ROJAS, ALEXIS REYES, ALEXANDER GRAVOBIC y EUSTAQUIO MENDOZA contra las actuaciones lesivas a los derechos y garantías constitucionales por parte del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en consecuencia se ordena la reposición de la causa al estado de fijar nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, debiéndose notificar a la parte demandada.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas, dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se ordena remitir copia certificada de.....