En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la demanda por resolución de contrato, intentada por el ciudadano ERNESTO RENE ROMERO MARTINEZ, Mexicano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-82.051.148 de este domicilio CONTRA HENRRICH PHILIPS MENDOZA JIMENEZ, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.322.848, por lo que se declara resuelto el contrato de arrendamiento.
2. En consecuencia esta Juzgadora decreta ORDEN DE DESALOJO, del inmueble otorgado en arrendamiento a HENRRICH PHILIPS MENDOZA JIMENEZ, por las razones que anteceden, constituido por una casa, ubicada en la calle 14, casa número 15-70 de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara, la cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Parcela Numero 176 qu.....