Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara con lugar el reenganche y se ordena a la demandada a pagar los salarios caídos tal y como se estableció en la parte motiva de esta decisión que se da aquí por reproducido.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.-