En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano CESAR ANTONIO GOYO MIRANDA, venezolano, soltero, fecha de nacimiento 08-11-1979, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.402.517, natural de Caracas, hijo de Cesar Rafael Goyo y Amparo de Jesús Miranda, grado de tercer año, comerciante y domiciliado Caracas, Estado Miranda, Petare Barrio Metropolitano, Barrio Bolívar, Casa s/n, al Lado del Centro de Comunicaciones, de la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificado en el artículo 20 de la derogada Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en agravio de la ciudadana GLORIA CONSUELO COLMENARES CAMACARO. SEGUNDO: En consecuencia se condena a cu.....