Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara SIN LUGAR, las cuestiones previas opuestas por el ciudadano Orangel José Oropeza, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.691.042, debidamente asistido por la abogada Marielis Damaris Torres Rivero, contenidas en los ordinales 6° y 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Se condena en costas de conformidad con el artículo 274 y 357 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en l.....