éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de rectificación del acta de defunción, presentada el ciudadano JOSE ALCARIO CARDENAS VAZQUEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.942.121, asistido por los abogados en ejercicio JOHANNA GRUESO y CRISPULO ANTONIO HERRERA ROA, e inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 234.362 y 219.821, respectivamente. En consecuencia se ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se descarte y en consecuencia se omita en el momento de la expedición de dicha acta los nombres y apellidos de los ciudadanos MATEO ADAN VAZQUEZ, MARCELINA VAZQUEZ, ROSA MARIA VAZQUEZ, GLADYS JOSEFINA VAZQUEZ, MARIA FERMINA VAZQUEZ, RAFAEL ANTONIO VAZQUEZ, DOMITILA DEL CARMEN VAZQUEZ Y PEDRO JUAN VAZQUEZ, quienes fueron asentados de manera incorrecta como hijos de su padre "MANUEL CARDENAS", (difunto) siendo lo correcto asentar como hi.....