Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la causa iniciada con motivo de escrito consignado por la ciudadana MARIA ALEJANDRINA JEREZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad n° 14928897, domiciliada en la avenida Santa Bárbara, sector Las Pulgas, casa N° 28, Valera estado Trujillo, asistida por el abogado FREDDY MARQUEZ, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el Primer Supuesto del numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Juez,
El Secretario
Elsa Trinidad Román Bravo
Alfredo Urrecheaga