Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana MALIVEH COROMOTO CORDERO BARCO, venezolana, mayor de edad y titular de la C.I N° 12.691.846, debidamente asistida por la abogado YULIANA VELIZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 300.605, contra la ciudadana ANA MARITZA CHAVEZ DE LUCENA, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 4.803.176, debidamente asistida por el abogado FRANCISCO HERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 300.606. En consecuencia, PRIMERO: se declara reconocido el presente documento:
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Quint.....