Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO, la decisión dictada en fecha 18 de Junio de 2012 y fundamentada en fecha 26 de Junio de 2012, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-P-2012-008697, seguido contra el ciudadano JEFFERSON DANIEL RODRIGUEZ PAEZ, mediante el cual decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad.
SEGUNDO: Remítase con carácter de urgencia el presente asunto a un Tribunal de Control, distinto al que conoció de la presente causa, a los fines de que realice nuevamente la audiencia de calificación de flagrancia, prescindiendo de los vicios aquí detectados.
Publíquese. Regístrese. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audie.....