Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demandada interpuesta por la sociedad mercantil LINEA S.A. (LISA) contra la sociedad mercantil SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A.
SEGUNDO: PROCEDENTE la compensación de crédito opuesta por la parte demandada sociedad mercantil SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A.
TERCERO: EXTINGUIDA la obligación mercantil derivada de las facturas acompañadas con el libelo de la demanda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida en virtud de esta decisión.