la Juez Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad de la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la impugnación presentada por la representación judicial de la parte demandada, respecto del poder presentado por la parte demandante, cursantes en los folios 9 ,10, 13 y 14
SEGUNDO: Se declara SUFICIENTE el poder, cursante del folio 41, presentado por el Abogado Benildes Jimenez, para representar como apoderado judicial a la parte demandante IVAN RAUL COLOMBO CAMACARO Y YONNEL ANTONIO SALON PALMERA
TERCERO: No hay condenatoria en Costas.