D I S P O S I T I V O
Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta contra Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró inadmisible el amparo solicitado en el asunto O-2022-000232 (N° provisional).
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida, declarando INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional, ya que no se demostró el agotamiento de las vías ordinarias para la interposición del presente asunto.
TERCERO: No hay condenatoria en costas porque no se inició el procedimiento.