Hoy, 29 de OCTUBRE de 2008, siendo las 10:30, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadana SAUL ANTONIO CAMACARO RODRIGUEZ venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 5.245.258 y que la parte demandada Sociedad Mercantil R.Y. CONSTRUCCIONES C.A., no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil JEAN LEONARDO TUA, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°.