-III-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESION FICTA DEL DEMANDADO, y en consecuencia CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, incoara Administradora C. B. A, C.A., contra el ciudadano Henry Caraballo Araque.
En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento privado suscrito en fecha 01/04/2007, que tenía por objeto el arrendamiento de un local comercial distinguido con el Nº PH-1, del edificio denominado Torre Guayana, ubicado de Punceres a Plaza España, Parroquia Candelaria.
Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora los cánones de arrendamiento demandados como insolutos, correspondientes a los meses de noviembre de 2008 hasta mayo de 2009, a razón de un mil cuatrocientos dos bolívares fuertes con setenta y tres céntimos .....