Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de la Jurisdicción del estado Lara, en nombre de al República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud de modificación de medida cautelar privativa de libertad que pesa sobre la imputada LUZMILA MARIA RODRIGUEZ QUERALES, hasta tanto concluya el enjuiciamiento que por la presunta comisión del delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Todo de conformidad con lo establecido en los artículo 244, 264 y ordinal 3º del artículo 256 todos del Código Orgánico Procesal Penal.