DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: ORLANDO ENRIQUE BALZA HIDALGO y ANTONIA RAMONA BAPTISTA, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el 26 de junio del año 1986, por ante la Prefectura del Municipio Juan Ignacio Montilla del Distrito Valera, hoy día la Parroquia Juan Ignacio Montilla, del Municipio Valera del Estado Trujillo, según se evidencia del acta de matrimonio signada con el N° 117, del año 1986 que corre inserta al folio 05 del expediente.
Dé.....