Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: parcialmente con lugar la demanda de aumento del monto de la Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Rosibelt Antonieta Arroyo Álvarez, ya identificada, en contra del ciudadano Alfredo Arturo Brito, ya identificado, a favor de su hija, por tanto, se aumenta el monto de la Obligación de Manutención en la cantidad de ochocientos bolívares mensuales (Bs. 400,00) a razón de cuatrocientos bolívares quincenales (Bs. 400,00), además el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de medicinas, vestidos, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que requiera la adolescente. Se mantienen las retenciones del 40% de las bonificaciones de fin de año y el 30 % de los cesta ticket mensual, acordados por las partes el once (11) de julio del año 200.....