DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara confesa a la parte demandada ante su incomparecencia a la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; SEGUNDO: Se declara CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano: FREDDY JOSE PAREDES GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.953.850, domiciliado en el Kilómetro 23, vía La Ceiba al lado del Tanque Acueducto Barrio Santa Lucia, Municipio Sucre del Estado Trujillo, debidamente representado por la Procuradora de Trabajadores del Estado Trujillo, Abogado YRANIA TERAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.526, domiciliada en la ciudad de Truj.....