Se dictó y publicó Sentencia Definitiva mediante la cual se declaró desistida la presente acción.- De conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, se condenó en costas a la parte demandante.- Conforme al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil se ordenó la notificación de las partes de la presente decisión, sin lo cual no comenzará a transcurrir el lapso legal para interporner los recursos a los fines de su impugnación.-