PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN a la MEDIDA DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA., sobre un lote de terreno constante de una superficie trece hectáreas aproximadamente, ubicado en el Caserío Los Cerritos, Parroquia Tintorero del Municipio Jiménez del estado Lara, en los siguientes linderos: NORTE: Cerro de Hormiga, buco de por medio; SUR: Casa de Eva Sequera y Rosaura Sequera; ESTE: Con terrenos ocupados por Ramona Sequera y Encarnación Rodríguez y por el OESTE: La quebrada denominada de Ramona, Dolores Valenzuela y Ángelo Marotta.
SEGUNDO: SE RATIFICA LA MEDIDA DE PROTECCCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA, sobre el lote de terreno, ante identificado, ejercida por los ciudadanos Jesús Oswaldo Soto Dávila y Jorge Altagracio Rodríguez.
TERCERO: La presente Medida de Protección tiene un lapso de duración de CINCO MESES a partir de la fecha de que fue decretada. Autorizando a los solicitantes colocar nuevamente el motor, válvula de retensión y la cantidad de mangueras necesa.....