Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se Confirma el auto de fecha 07 de noviembre de 2016 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la inepta acumulación e inadmisible la reconvención propuesta por la representación judicial de la parte demandada, en el juicio que por NULIDAD DE TESTAMENTO siguen los ciudadanos FRANCISCO JAVIER LOVERA GARRIDO y VICTORIA EUGENIA LOVERA GARRIDO, en contra de la ciudadana MELINDA WALLIS GOMEZ;
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, imponiéndosele costas del recurso, conforme al 281 del Código de Proced.....