DECRETA MEDIDA AUTÓNOMA AGROALIMENTARIA Y EN CONSECUENCIA:
PRIMERO: Se prohíbe a toda persona ingresar ganado doméstico de cualquier especie en el fundo conocido como Valerita o Jirajara propiedad de la República a través de la UPSA JIRAJARA, por medio de la CVA Azúcar S.A., por ser solo dicha empresa Estadal la encargada de realizar labores en el prenombrado fundo, tanto en los espacios destinados a potreros para pastoreo del ganado del predio respectivo como en los espacios destinados a la agricultura, con la cañicultura como principal rubro.
SEGUNDO: Se prohibe el pastoreo de ganado de cualquier índole, por lo tanto la permanencia temporal o duradera de ganado en los alrededores de los sembradíos de caña de la Finca Valerita o Jirajara, en caso de presentarse tal situación dicho ganado debe ser retenido y remitido a una finca Propiedad Estadal, previa certificación de salud médica de profesionales del Instituto Nacional de Salud Agrícola, todo de conformidad con la Ley de Salud A.....