El Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: acuerda: Revocar la Medida Alternativa de cumplimento de pena, consistente en Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, decretada en fecha 14-03-2007, al ciudadano CARLOS ALBERTO ARAUJO, CEDULA DE IDENTIDAD N° 14.237.103, de conformidad con el articulo 499 del COPP, por haber sido admitida en fecha 28-05-2007, Acusación por un nuevo delito por hecho cometido en fecha 26-01-2007, por el Tribunal de Control N° 7 de este Circuito Penal. Se acuerda su traslado al Internado Judicial de Trujillo, previo ser Trasladado al Departamento Policial N° 38 para que busque sus enseres, se acuerda oficiar al Juzgado de Control N° 7 sobre lo acordado el día de hoy y desde cuando el penado Carlos Alberto Araujo, se encuentra detenido. Realicese Computo de pena por auto separado, una vez conste su internamiento en el Inte.....