Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA DEL RECURSO de apelación interpuesto en fecha 15 de febrero de 2005, por el abogado Jhoel Ortega López, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 03 de febrero de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara; la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA DEL RECURSO de apelación interpuesto en en fecha 29 de abril de 2004, por el abogado Carlos Villadiego, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 14 de abril de 2004, en el en el juicio por ejecución de hipoteca seguido por la firma mercantil Carnes de Occidente, C.A., contra el ciudadano Ramón José Marín Hernández.. Se ordenó LA NOTIIFCACIÓN de las partes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.