este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte accionante contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, actuando en sede constitucional, en fecha 14 de marzo de 2014.
SEGUNDO: Se ordena al Tribunal de Primera Instancia ADMITIR la presente acción de amparo constitucional, tramitarlo y pronunciarse sobre el fondo de la controversia, ello a los fines de garantizar el principio de la doble instancia.
TERCERO: Se REVOCA el fallo recurrido.
CUARTO: No hay condena en Costas, dada la naturaleza del fallo.