"..., este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Abogado Zhiomar Díaz, ampliamente identificada en autos, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "Mouri Importaciones de Venezuela, C.A.", contra de la Resolución N° 062 de fecha 21 de febrero de 2002 , emitida por la Dirección General de Rentas Municipales de la Alcaldía del Municipio Sucre de Estado Miranda, mediante la cual declaró Sin Lugar el Recurso Jerárquico, incoado por la mencionada recurrente en fecha 22 de Noviembre de 2001.
2.- SE REVOCA el auto de admisión dictado por este Tribunal, en fecha 04 de Agosto de 2004, mediante el cual de Admitió en cuanto ha lugar en Derecho el presente Recurso.