Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con base en las motivaciones antes indicadas, inatendible la apelación ejercida el 01 de marzo de 2010 por el abogado FRANCISCO GIL HERRERA, en representación de BOLÍVAR BANCO C.A. ;
SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 05 de marzo de 2010 proferido por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cobro de Bolívares incoara BOLÍVAR BANCO C.A. contra los ciudadanos GEONELL UZCATEGUI ALTUVE y MANUEL GUSTAVO VIELMA ARAUJO.