DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO, intentada por la Ciudadana NORIS BEATRIZ PARRA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular Cédula de Identidad Nº V-7-430-691 y de este domicilio, contra la Ciudadana ANA MARY REINOSO DE PINEDA, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N°V-16.199.752 y de este domicilio SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por resultar totalmente vencida.