En virtud de las consideraciones anteriores, este Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara la invalidez del Informe Pericial presentado por el Lic. JOSE GREGORIO LOPEZ que no esta ajustado a derecho y esta fuera de los limites del fallo, pasando a establecer la estimación definitiva de la experticia en el monto de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TRES BOLÍVARES FUERTES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 43.203,41). Los cuales deben ser cancelados a la ciudadana ANY ANDREINA CASTEJÓN, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 11.878.964. Así se decide.
SEGUNDO: Se exonera de costas por la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena a la empresa demandada TRAPOVEN C.A., a pagar los honorarios Profesionales a las Licenciadas FRANCY PEÑA y ANA LIA PACHECO, los cuales fueron fijados por este.....