Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Néstor Jesús Hernández Briceño y Karelis Marlene Chapellin, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.404.368 y V- 6.512.995, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une, que contrajeron el veintiocho (28) de Noviembre de Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1985), por ante el Juzgado Primero de Parroquia del Departamento Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según acta N° 43, por lo que se ordena pa.....