En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE REINALDO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.880.635, en contra de VIVIENDAS DE SALAMANCA, C.A. y URBANIZADORA GRAN VALLE DE CHARA, C.A. en consecuencia se condena a las codemandadas a cancelar los salarios caídos, desde la fecha de su ilegal despido (19/02/2009) hasta la fecha de la interposición de la demanda (23/09/2010), a razón del último salario diario devengado de Bs. 55,55 con la inclusión de los aumentos decretados por el Ejecutivo Nacional. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión Prejudicial alegada por la codemandada VIVIENDAS DE SALAMANCA, C.A. TERCERO: SIN LU.....