Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA POR FALTA DE INTERÉS DE LA PARTE DEMANDANTE EN DARLE IMPULSO PROCESAL DENTRO DEL RESPECTIVO LAPSO DE LEY A LA DEMANDA QUE ELLA INCOÓ EN CONTRA DE LA ENTIDAD DE TRABAJO DESARROLLO ALTOS DE VERACRUZ, C.A., y POR ENDE LA EXTINCIÓN DEL PROCESO. ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: Anula la recepción con fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil dieciocho (2018), a las nueve y cincuenta y cuatro minutos exactos de la mañana (09:54 A.M.), dejada por la Secretaría de este Tribunal sobre la cara posterior del folio 4 del precitado libelo de demanda y la hoja del listado de distribución descrito en el cuarto párrafo aparte de la motivación de esta sentencia, y se orden.....