Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Sin lugar la demanda que por Acción Reivindicatoria incoara la ciudadana Edumar Alejandra Cauro, ya identificada, en representación de su hijo el niño (OMITIDO ART. 65 LOPNNA) asistida de abogado, contra el ciudadano Francisco López Caripá, ya identificado, asistido de abogado.