éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 177 Parágrafo Primero Literal "J" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara CON LUGAR el Divorcio en aplicación de la Sentencia del Divorcio Remedio o Solución de la Sala Social de Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo en fecha 22 de Julio de 2.001. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos PEDRO JOSE ESCOBAR COSTERO y RAISI TIBISAY DUARTE FEBRES; Queda DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL.