DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RODE NOHEMI JIMENEZ DE SALOMON y GUSTAVO ALBERTO SALOMÒN SALOMÒN, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-10.527.068 y V-3.805.786, respectivamente; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 02 de diciembre de 1.994, ante el Registro Civil de la Parroquia Naiquatá, Municipio Vargas antes del Distrito Federal, hoy del Distrito Capital,, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el número 32 asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1994. Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuer.....