Este Juzgado declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Abogada NATHALY ALVIAREZ en su condición de Abogado Asistente DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, mediante acto de inhibición de fecha 27 de enero de 2005, en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales intentado por el ciudadano, HERNAN C. IGLESIAS BARBERA, antes identificado, en contra de la demandada, observándose que la misma cumpla con los requisitos de procedencia establecidos legalmente, de conformidad con lo previsto en el articulo 35 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.