Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara confesa a la parte demandada ante su incomparecencia a la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano: PEDRO PABLO URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.163.393, domiciliado en la calle principal de Santa Ana, s/n, Parroquia Santa Ana, Municipio Pampán, Estado Trujillo, debidamente representado por su Apoderado Judicial Abg. ALEXIS JOSE ALBORNOZ; Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.080, domiciliado en la población de Monay Municipio Pampán, Estado Trujillo; contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CAND.....