Por cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS ALFREDO AGUILAR FLORES, en su carácter de Defensor Privado, en contra de la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio Nº 3 de esta misma Sección y Circuito Judicial, mediante la cual consideró penalmente responsable al adolescente, de conformidad con lo establecido en el artículo 452, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, anula la sentencia condenatoria dictada, y se ordena la celebración de un nuevo juicio oral ante un Juez en funciones de juicio distinto al que produjo la sentencia anulada, conforme a lo establecido en el artículo 457 ejusdem.