Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 23 de marzo de 2.009, por el abogado LUIS ALFREDO VENOT QUIJADA, en su carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles "EMPRESAS EL CONDE C.A., y ESTACIONAMIENTO HOTELERO C.A.," contra el auto de fecha 18 de marzo de 2.009, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas, ahora Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual se confirma en toda y cada una de sus partes.-
En virtud de lo anterior, se ordena al Tribunal de la causa librar .....