Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abogada ALICIA MALQUI SANCHEZ, actuando en su condición de Defensora Pública del ciudadano JOSE RAFAEL CASTILLO, contra la decisión dictada en fecha 08 de Noviembre de 2013 y fundamentada en fecha 12 de Noviembre de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la impone MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JOSE RAFAEL CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.180.746, por la presunta comisión del delito de FUGA DE DETENIDOS, previsto y sancionado en el articulo 258 del Código Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de .....