/Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 3 actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA al Ciudadano: ELY ANTONIO COLINA, cédula de identidad No. 13.785.090, de estado civil soltero, oficio mecánico, hijo de Iris Josefina Pérez y Pedro Colina, nacido el día 5 de Junio de 1976 en Barquisimeto Estado Lara, residenciado en Brisas del Obelisco carrera 3 con calle 3-A No. 3-26, a cumplir la pena de cuatro ( 4 ) años seis ( 6 ) meses y veinte (20) días de prisión, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlo culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de Asalto a Unidad de Transporte Público en grado de frustración, ilícito previsto y sancionado en el aparte tercero del artículo 358 del Código Penal vigente, para el momento de los hechos, en relación con el artículo 82 ejusdem. Pena que expirara aproximadamente el día 1º de Octubre del año 2009, qu.....