En mérito de lo anteriormente expuesto, esta juzgadora en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara
PRIMERO: Con lugar el cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadana MARÍA ISIDORA DE LA LAMA PACHECO contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO TORRES DEL ESTADO LARA y se condena a la parte demandada a pagar la diferencia salarial; la prestación de antigüedad y sus intereses; vacaciones fraccionadas; utilidades fraccionadas; así como la indemnización prevista en el Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y los salarios caídos solicitados; así como la indexación y los intereses moratorios de las cantidades condenadas.
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte demandada por resultar totalmente vencida, de conformi.....