Estando dentro del lapso legal para la publicaciòn del texto integro del fallo en la presente Consulta de conformidad con el Artìculo 94 de la LOCJA, este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Se CONFIRMA el fallo de Primera Instancia y se declara CON LUGAR el Recurso de Nulidad intentado por la accionante.