V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte Única de Apelaciones de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. AGUEDA DOMINGUEZ, Defensora Publica Séptima (07ª) de Adolescentes, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de mayo de 2017, por el Juzgado Séptimo (07º) de Primera Instancia en funciones de Control de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida al adolescente (identidad omitida). SEGUNDO: Se confirma la decisión Recurrida. Notifíquese, Diaricese.