DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA, la presente acción de amparo constitucional como un asunto de mero derecho o de obvia violación constitucional.
SEGUNDO: CON LUGAR, la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCIA Y GIGLIOLA ANTIDORMI PEREZ DE MELENDEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro V-13.346.813 y 12.817.774, respectivamente, en contra del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIOÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, SEDE BARQUISIMETO, a cargo del Juez Abg. ROBERSI MENDOZA CARRILLO.
TERCERO: SE ORDENA al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niña.....