En consecuencia, por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, intentado por los ciudadanos LIGIA DEL CARMEN ANVARADO MELENDEZ, DULCE MARIA ALVARADO MELENDEZ, MARIA RAFAELA ALVARADO MELENDEZ, OSCAR JOSE ALVARADO MELENDEZ, ERIKA ROSA ALVARADO MELENDEZ, CIRENIA ALVARADO MELENDEZ, JOSE ISRAEL ALVARADO MELENDEZ, NANCY PASTORA ALVARADO MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.443.306, 7.323.387, 7.323.386, 5.248.516, 11.598.738, 7.323.382, 7.401.184, 7.421.812, respectivamente