esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda Fijación de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana LJPS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.502.127, actuando en nombre y representación de sus hijos XXXXXXXXX, en contra del ciudadano JMCM, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.047.432, en consecuencia se fija como obligación alimentaria que debe suministrar el demandado a su hija, la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs. 153.697,00) mensuales, equivalente a un 30% del salario mínimo urbano; en partidas quincenales, cada una por la mitad del equivalente a la obligación fijada, está será descontada por la empresa del su.....